Social Icons

25/9/14

¡Otro conflicto!...Estos salseros de ahora no salen de un lío...

Comunicación de la firma Guzman & Guzman Abogados a la Prensa, sobre Oposición trabada, a YANFOR ISMAEL SIME conocido
artísticamente como “Yanfourd"

En fecha siete (07) de julio del Año Dos Mil once (2011) El señor  FELIZ ANTONIO DE LEON GRULLON conocido artísticamente como  Obersy, suscribió conjuntamente con JONATHAN HUBRI DURAN, en  calidad de representantes artísticos un contrato, con YANFOR ISMAEL  SIME conocido artísticamente como “Yanfourd”, quien a mediados del  año 2013 dio a conocer por la prensa escrita, radial y televisiva que  estaba siendo representado por La compañía Elegant Records ha  través de su manager Steven Cifre; sin haber terminado o finiquitado el  contrato con su representante FELIZ ANTONIO DE LEON GRULLON,  presentándose en varias fiestas, programas de televisión y radio, redes 
sociales, internet, etc. sin autorización de su representante.
Como consecuencia del incumplimiento de dicho acuerdo, 
FELIZ ANTONIO DE LEON GRULLON a procedido a apoderar la tercera  sala de la cámara civil y comercial del juzgado de primera instancia  de santo domingo oeste a fin de ser debidamente indemnizado por el  incumplimiento de YANFOR ISMAEL SIME, estando pendiente de darse 
sentencia de dicho caso.

El contrato contiene una clausula de penalidad en caso del 
incumplimiento, en su ARTICULO SÉPTIMO que quien lo viole, debe  resarcir moral y económicamente en este caso el señor Yanford a FELIZ  ANTONIO DE LEON GRULLON, con un monto de DIEZ MILLONES DE  PESOS (RD $10,000.000.00).

En el contrato en su ARTICULO PRIMERO YANFOR ISMAEL SIME  acordó que aceptaba no ser interprete de ninguna composición  musical sin el consentimiento expreso de FELIZ ANTONIO DE LEON  GRULLON, en el ARTICULO SEPTIMO del contrato, establecen que el  mismo fue suscrito el siete (7) de julio de 2011 por un periodo de cinco 
años, por lo que hasta la fecha conserva su vigencia hasta el siete (7)  de Julio de 2016.

Ya luego de apoderar el tribunal civil de primera instancia, FELIZ  ANTONIO DE LEON GRULLON, ha procedido dentro del ejercicio de los  derechos legítimos que le asisten, a trabar una oposición judicial  mediante el acto de alguacil no. 770/2014 se procedió a notificar a la  Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía; Apple Inc,/  itunes; Minaya Public Relations; Amazon Inc.; Steven Cifre y/o Cifre 
Entertainment; GRUPO TELEMICRO/Telemicro canal 5/Digital  15/Telemicro Internacional /Agenda VIP/Divertido con Jochy/De  Extremo a Extremo/Sábado Extraordinario/la Belleza es Mía/ los Dueños  del Circo; Fuego 90.1 FM (la Salsera); Cervecería Nacional Dominicana y/o Festival Presidente de Música Latina; La Oreja Media Group, entre  otros. 

Con el acto de alguacil 794/2014 se procedió a notificar la 
discoteca Hollywood Bar en San Cristóbal (donde se tiene 
programada una fiesta para el próximo sábado 27 de Septiembre de  2014). 
Las referidas notificaciones de alguacil del acto de oposición, 
fueron comunicados a múltiples canales de televisión, radio 
estaciones, empresas, supuestos representantes, tiendas 
internacionales de música por internet para bajar música en formato  MP3, y a la comisión nacional de espectáculos públicos, entidad esta  ultima con facultad para autorizar presentaciones artísticas.  ADVIRTIENDOLE a todo aquellos que hayan realizado o estén realizando de manera directa o indirecta la persona del señor YANFOR  ISMAEL SIME, Abstenerse de realizar cualquier tipo de negociación  para fines de contratación de los servicios artísticos de YANFOR ISMAEL  SIME conocido artísticamente como “Yanfourd”.

A todos notificados, incluyendo compañías internacionales 
donde se puede comprar música por internet, se les hizo advertencia  que en caso de no obtemperar a dicha oposición, la cual se hace  bajo todo el amparo legal, que procederá a ejercer en su contra  todas la acciones civiles, penales y administrativas que le reserve le  Ley, y las normas procesales de derecho común.

El código civil dominicano establece que las convenciones 
legalmente formadas tiene fuerza de ley para aquellas que las han  hecho. Y la jurisprudencia reconoce que las del Código civil  constituyen el derecho común de los daños y perjuicios y esos textos  son obligatorios para los contratantes y para los terceros porque sus  leyes son de orden público.

El articulo 79 de la ley 65-00 sobre derecho de autor establece  que cualquier persona que adquiera o sea titular de un derecho  patrimonial sobre una obra o interpretación o ejecución puede  líbreme e individualmente transferir a otra persona ese derecho  mediante un contrato, creando responsabilidad penal y civil a  aquellos que violen esta norma a raíz de un contrato, que conllevan  prisión, cierre de establecimientos e indemnizaciones civiles por daños 
y perjuicios.

El señor Yanfourd tiene un compromiso contractual de 
representación artística legal y vigente que debe cumplir, con nuestro  cliente el señor FELIZ ANTONIO DE LEON GRULLON, y cualquier tercero  que intente sin autorización expresa y por escrito de este ultimo, a  realizar cualquier tipo de contratación artística, será pasible de las  acciones legales que la ley establece.  

Cirilo de Jesús Guzman López - Abogado  de FELIZ ANTONIO DE LEON GRULLON
Guzman & Guzman Abogados Empresariales
Tel 809.752.0828 info@guzmanlaws.com

www.guzmanlaws.com
 

Sample text

Sample Text

 
Blogger Templates